La jueza Kenya Romero, del Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, dictó prisión preventiva por 18 meses contra dos de los encartados en el expediente Calamar y diseminó prisión domiciliaria y prestación de fianza contra los otros 18 implicados además de declarar el caso complejo.
La magistrada Romero impuso apremio corporal a solo dos procesados, los exministros de Hacienda, Donald Guerrero, y administrativo de la Presidencia, José Ramón Peralta, lo que se atribuye a que la mayoría de los justiciables (14) aceptaron el rol de delatores del Ministerio Público.
Al exministro de Obras Públicas y ex candidato presidencial Gonzalo Castillo, se le impuso arresto domiciliario e impedimento de salida del país sin autorización judicial, además de una garantía económica consistente en 20 millones de pesos en la modalidad de contrato de fianza.
Debería admitirse que en forma y fondo, el expediente y el proceso contra esos encartados por asociación de malhechores, desfalco, coalición de funcionarios, falsificación de documentos, soborno y financiamiento ilícito de campaña, no tiene precedentes en la historia jurídico penal de República Dominicana.
Es difícil que se reedite una acusación de naturaleza criminal en la cual 14 de 20 procesados admitan los hechos que se les imputan y acepten colaborar con el Ministerio Público en rol de delatores, más aun si con la colaboración en ese rol de parte de los implicados se presume que el fardo probatorio quedaría blindado.
Lo que resulta inadmisible ha sido que a los encartados les fue ofrecida la disyuntiva de presentarse como delatores o arriesgarse a que la magistrada actuante les impusiera encierro por un año y seis meses, lo que en cierta medida se asume como pena anticipada.
A la par con el respaldo al Ministerio Público a su compromiso de perseguir la corrupción o prevaricación, se debe reclamar que ese ente y todo el Orden Judicial tutelen, garanticen y respeten derechos de los justiciables, cuyo principio de presunción de inocencia se dirime en los tribunales y no en negociaciones espurias.
Lo extraño en ese primer tramo del expediente Calamar, no ha sido que dos de los encartados sufrirán prisión preventiva por un año y seis meses, sino que el Ministerio Público apadrina un tipo de privilegio en favor de otros 14 prevenidos con uso excesivo de la figura procesal relativa al “criterio de oportunidad”, que convierte a imputados delatores en ángeles de la guarda.